VIERNES
7 DE DICIEMBRE DEL 2012
La Haya: abogado chileno David Colson cuestionó tesis peruana
del triángulo externo
Jurista insistió en que Declaración de Santiago
estableció límite marítimo, según el cual -dijo- no es posible pedido peruano
de soberanía más allá de las 200 millas frente a Chile El Perú ha solicitado a
la Corte de La Haya reconocer sus derechos soberanos exclusivos en el área
marítima situada dentro del límite de 200 millas marinas de su costa y más allá
de las 200 millas de las costas de Chile, área llamada el triángulo externo,
bajo el criterio de la equidistancia.
Este pedido fue cuestionado hoy durante la exposición del
jurista del equipo chileno, David Colson, en la cuarta jornada de la fase oral.
El abogado señaló que Perú entiende que tiene libertad de
reclamar cualquier zona a la que pueda llegar, trazando un arco de radio 200
millas marítimas.
“El problema con esta argumentación es que la Declaración
de Santiago no lo dice. Perú ha respetado la frontera establecida con la
Declaración de Santiago siguiendo el paralelo fronterizo, tal como lo demuestra
la práctica del Perú”, señaló Colson.
Según refirió, el artículo 2 de dicha Declaración habla
de soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el mar que baña las costas de los
respectivos países (Perú, Chile y Ecuador) firmantes hasta una distancia mínima
de las 200 millas desde la costa.El abogado reiteró que para Chile la
Declaración de Santiago estableció una frontera marítima “a todos los efectos
viable y práctica”, que delimita cualquier reclamación que pueda hacer Perú a
Chile.
Lo que se buscó y logró con la Declaración de Santiago
-señaló- fue “una delimitación plena y definitiva sobre los límites marítimos”.
Al mostrar un mapa de las zonas limítrofes de los mares
en Latinoamérica, Colson también dijo que “ninguna es de equidistancia”.
Chile: abogados demostraron “debilidades de la posición peruana”
El canciller chileno Alfredo Moreno sostuvo que se ha
demostrado que Perú y Chile “materializaron” su supuesto límite marítimo Tras
la culminación de la exposición de alegatos chilenos en el diferendo marítimo
con Perú, el canciller de Chile, Alfredo Moreno sostuvo que los abogados
representantes de su país demostraron “las debilidades de la posición peruana”.
Según explicó, se ha establecido claramente que el
litigio que debe resolver la corte de La Haya es la correcta interpretación de
la Declaración de Santiago de 1952, “que estableció los límites marítimos entre
Chile y Perú y entre Perú y Ecuador”.
Para la posición de su país, ese tratado “sin duda
alguna” establece como límite el paralelo desde el punto donde la frontera
terrestre llega al mar. “Así lo señala su texto, las actas de la comisión que
lo preparó, los acuerdos posteriores entre las partes y la práctica sin
excepción alguna en todos los campos por ambos países y por 60 años”.
Asimismo, agregó que se ha demostrado que en 1968, Perú y
Chile decidieron materializar el supuesto límite marítimo acordando el Hito N°
1 y construyendo dos faros (uno Chile y uno Perú) perfectamente alineados con
el paralelo que pasa por ese hito.
Tras agradecer al equipo de abogados, Moreno reiteró que
“la posición de Chile ha sido una sola desde que se estableció el límite marítimo
en 1952 hasta ahora y desde que se materializó el límite marítimo en el terreno
en 1968 y 1969 en el paralelo del Hito N° 1”.
Juez de La Haya lanzó pregunta a Perú y Chile sobre Declaración
de Santiago
Mohamed Bennouna consultó si en 1952 “podían proclamar y
delimitar una zona marítima de soberanía y jurisdicción sobre el mar de sus
costas (...) hasta distancia mínima de 200 millas” Cinco minutos antes de
concluir la jornada de hoy de alegatos -por parte de Chile- ante la Corte de La
Haya, el presidente del tribunal, Peter Tomka, le cedió la palabra al
magistrado Mohamed Bennouna, a fin de que formule una interrogante a los
equipos jurídicos de ambas partes.
“Consideran ustedes en tanto que signatarios de la
Declaración de Santiago en 1952, que podían en esa fecha, conforme al derecho
internacional general, proclamar y delimitar una zona marítima de soberanía y
jurisdicción exclusivas sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países,
hasta una distancia mínima de las 200 millas marinas desde las referidas costas”,
preguntó.
Seguidamente, Tomka invitó a las partes a dar respuesta a
esta pregunta en la siguiente ronda de debates, que se llevará a cabo el próximo
martes (para Perú) y viernes (para Chile).
Chile: "La equidad no puede ser un instrumento para
cuestionar acuerdos fronterizos"
Letrado James Crawford dijo que afirmaciones del equipo
peruano sobre inequidad de la frontera “no son pertinentes” El abogado del
equipo jurídico de Chile, James Crawford, (el último en hacer su ponencia en la
jornada) contraatacó al argumento de equidad que plantea el Perú para su
reclamo marítimo ante La Haya y dijo que bajo este principio “no se pueden
cuestionar acuerdos fronterizos”.
“¿Qué tiene de equitativo el negar un acuerdo que existe
desde ya tanto tiempo, qué tiene de equitativo el pedir a la corte que
sustituya la frontera convenida por otra, corriendo riesgo de consecuencias
para la población local que depende de la pesca? ¿Qué tiene de equitativo hacer
caso omiso a la práctica de los estados en la aplicación del acuerdo,
incluyendo una conducta inequívoca por parte del propio Perú?”, se preguntó
Crawford.
CRAWFORD: PERÚ SE BENEFICIÓ CON DECLARACIÓN
El jurista chileno arguyó que “Perú se ha beneficiado en
el punto de vista económico y político” por haber convenido fronteras marítimas
con sus dos vecinos que se aceptaron a nivel internacional, y ahora “es el único
estado parte que pone en tela de juicio ese acuerdo que tantos beneficios le ha
supuesto”.
“En 1952, la captura pesquera del Perú suponía el 0,6 de
la pesca del mundo. En 1970, 18 años después, llegó a 23,7%. Hoy, la actividad
pesquera peruana secunda a la de China en el mundo”, afirmó agregando que también
“el Perú usó su plataforma para la extracción de hidrocarburos”.
“En vista de estos beneficios, no se puede permitir a Perú
que ponga en tela de juicio que sustituya una frontera convenida con otra que
ahora prefiere”, sostuvo.
RECLAMO DE PERÚ NO ES PERTINENTE
“Las afirmaciones de Perú, que dice que la frontera no
son equitativas, no son pertinentes, el respeto de las fronteras convenidas es
un principio del derecho internacional (…)”, dijo.
“El principio de la estabilidad de las fronteras es parte
del derecho internacional consuetudinario, así queda recogido en la Convención
de Viena. Se aplica a las fronteras marítimas como a las fronteras
territoriales”, añadió el jurista.
“La estabilidad conlleva dos aspectos: una vez
establecida será permanente. Segundo, que el acuerdo para el establecimiento de
la misma, una vez que existe, se debe interpretar de manera que su aplicación
no deje dudas sobre cuál es la frontera”, sostuvo, advirtiendo además que “el
enfoque de Perú pondría en tela de juicio otros acuerdos fronterizos ya
establecidos”.
Autor del libro escolar presentado por Chile en La Haya negó que
este pueda validar una frontera
Augusto Benavides Estrada aclaró que la delimitación en
su texto “era referencial simplemente” para sus alumnos de quinto grado de
primaria El profesor Augusto Benavides Estrada, autor del libro “Escuela Nueva”
presentado por Chile ante la Corte de La Haya, negó que este pueda validar una
delimitación de frontera entre peruanos y chilenos pues solo muestra límites
referenciales del mar.
“Eso no es ningún documento que pueda validar las
pretensiones de Chile, es referencial simplemente”, indicó Benavides Estrada,
que recibió el grado de Amauta por parte del Estado peruano.
En diálogo con Radio Programas, indicó que se trata de un
libro hecho para niños del quinto grado de primaria, luego que se agregó en la
currícula escolar al mar territorial como una nueva región geográfica del Perú.
“Yo mismo elaboré mi material y estábamos a la espera de la delimitación. Fue
una iniciativa mía para ayudar a que mis alumnos comprendieran hasta donde
abarcaba el mar territorial por el sur”, dijo.
CANCILLERÍA PIDIÓ CORRECCIONES
Por otro lado, su hijo y gerente de la editorial de
Escuela Nueva, Carlos Benavides, indicó que efectivamente el Ministerio de
Relaciones Exteriores autorizó el libro; sin embargo, pidió que se realicen
algunas salvedades en la década de 1980.
“Relaciones Exteriores, en posteriores ediciones, nos
comunica que era mejor poner como referencia una proyección y que en futuras
ediciones se tuvo en cuenta esa salvedad; por eso ellos (los abogados de Chile)
siempre utilizan una edición muy antigua”, indicó.
LUNES
3 DE DICIEMBRE DEL 2012
Equipo peruano: “Chile quiere complicar el litigio a
través de argucias jurídicas”
El jurista Alain Pellet acusó al país sureño de “hacer
sufrir al derecho de la manera insólita que entiende los tratados”
El Perú, a través de la exposición de Alain Pellet como
representante del equipo jurídico nacional en la controversia marítima con
Chile, acusó a aquel país de “pretender complicar el litigio” y transformarlo
en uno “muy difícil de comprender basándose en el derecho de los tratados”.
“Chile pretende demostrar, a través de contorsiones del
derecho, que sí se establecieron límites a través de la Declaración de Santiago
de 1952”, dijo Pellet. “Chile hace sufrir al derecho, de la manera insólita que
entienden los tratados”, agregó.
FRÁGIL ARGUMENTO
“El punto 4 de la Declaración de Santiago de 1952, es de
gran importancia para Chile”. (aquí el párrafo)
“Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los
países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima
general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo
de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la
frontera terrestre de los Estados respectivos.”
“Primero, en el caso de Perú, no hay ninguna isla que
deba tomarse en litigio. Bajo esta fragilísima afirmación dentro de este
tratado, Chile da a entender que existe un acuerdo de límites. No existe un
acuerdo de este tipo”.
El litigante citó el artículo 253 del fallo Nicaragua-Honduras
donde la Corte de La Haya dice que los tratados no se pueden presumir, sino que
deben ser explícitos.
“Chile presenta un embrollo de argucias jurídicas (...)
No sé a partir de qué alquimia misteriosa Chile transformó acuerdos pesqueros
en tratados, generando un debate falso”.
CHILE NO QUISO NEGOCIAR
En su planteamiento, Pellet sostuvo que Perú llegó a La
Haya “porque Chile no quiso negociar” y porque “inventó límites marítimos para
privar a Perú de 67.000 kms cuadrados” y además porque “ha hecho una concepción
insólita de los acuerdos”.
Citando a la Convención del Mar de 1982, recordó que la
resolución de costas adyacentes se hace a través de acuerdos. Las partes deben
recurrir a forma pacífica de solucionar la diferencia.
ATACÓ MÁS ARGUMENTOS CHILENOS
Pellet también indicó que “Chile se esfuerza en demostrar
que la práctica de las partes y países terceros se hace de acuerdo al Acuerdo
de Santiago de 1952, en cuanto a la soberanía chilena sobre la zona en disputa.
Pero no se puede probar porque no hubo acuerdo de límites previamente. Dicha
práctica no significa que exista un tratado”.
“Perú plantea en la corte la equidistancia. Se trata de
dos estados con costas adyacentes. Ambos estados han proclamado sus derechos
soberanos que reconoce el derecho internacional. Chile, en su contramemoria, ha
acusado al Perú de querer ampliar su dominio marítimo. Chile deforma el
planteamiento peruano.
“Perú no quiere ampliar su dominio marítimo, solo quiere
que se respeten sus derechos marítimos”, finalizó.

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